– Se excluye del pago la actividad regulada y la de filiales en el extranjero de las compañías energéticas

MADRID, 17 (SERVIMEDIA)

La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso de los Diputados aprobó este jueves el dictamen de la proposición de Ley del impuesto a la banca y las energéticas, incluyendo también la enmienda que recoge el impuesto a las grandes fortunas.

Tras su visto bueno en la Comisión con 21 votos a favor y 16 en contra, la normativa queda ahora pendiente de su aprobación en el Pleno de la Cámara Baja, prevista para el jueves de la próxima semana.

Portavoces de los grupos de la oposición como Gabriel Elorriaga (PP), Edmundo Val (Ciudadanos) o Rubén Manso (Vox) cuestionaron la legalidad de la normativa y anticiparon recursos al Tribunal Constitucional tanto por su contenido como por su tramitación. También criticaron la norma formaciones como el PNV o el PDECat.

Por otro lado, los grupos del Gobierno accedieron a introducir seis enmiendas transaccionadas con Bildu y formaciones del Grupo Plural para abrir la puerta a que estas nuevas figuras tributarias puedan convertirse en permanentes o para que sean gestionadas por las haciendas forales vascas y navarra, así como dos del PNV.

Las enmiendas transaccionadas con el PNV y el PDECat excluyen del importe neto de la cifra de negocios el de las actividades reguladas y lo limitan al de las actividades realizadas en España, lo que reducirá la cuantía que deberán abonar las compañías energéticas.

Entre las novedades introducidas en el dictamen, está que el impuesto a la banca va a alcanzar también a las sucursales que tienen en España los bancos extranjeros y no solo sobre las entidades de crédito y establecimientos financieros con ingresos por intereses y comisiones superiores a 800 millones de euros.

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Otra enmienda aprobada en Comisión introduce los fines para los que se destinarán los ingresos del impuesto a las energéticas: apoyo a hogares vulnerables y a empresas de gran consumo energético, e impulso de la autonomía energética de España.

Respecto a este gravamen, para compañías que facturen más de 1.000 millones en España, se añade que recaerá sobre los «operadores principales», así como sobre «las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75 por ciento de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería».

GRANDES FORTUNAS

En cuanto al impuesto a las grandes fortunas, será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros. Además, para la determinación de la base imponible de este impuesto, resultarán aplicables las reglas contenidas en la Ley del Impuesto del Patrimonio, de manera que se incluye una reducción en concepto de mínimo exento de 700.000 euros.

Por ello, la configuración del nuevo impuesto «coincide básicamente con la del Impuesto sobre el Patrimonio, tanto en cuanto a su ámbito territorial, exenciones, sujetos pasivos, bases imponible y liquidable, devengo y tipos de gravamen, como en el límite de la cuota íntegra», y el «carácter de complementario» al Impuesto de Patrimonio se produce en la deducción de la cuota de éste, para evitar la doble imposición.

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Aunque el texto señala que la vigencia de este impuesto es de dos años, 2023 y 2024, «el Gobierno efectuará una evaluación para valorar los resultados del impuesto y proponer, en su caso, su mantenimiento o supresión».

El impuesto a las compañías energéticas gravará su cifra de negocios anual con un tipo del 1,2%, mientras que el nuevo tributo a aplicar a las entidades financieras gravará con un 4,8% sus ingresos anuales en intereses y comisiones.

El objetivo es que ambas figuras -que en principio se espera que estén en vigor durante 2023 y 2024- queden aprobadas para entrar en vigor el 1 de enero de 2023. La previsión del Gobierno es recaudar en torno a 1.500 millones de euros al año con el impuesto a las entidades financieras y 2.000 millones de euros al año con el aplicable a las compañías energéticas.

Asimismo, la proposición de ley contempla la prohibición expresa del traslado del coste de estos tributos al cliente final, quedando en ambos casos la supervisión de que esto se cumple a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), aunque en el caso del impuesto sobre las entidades financieras también tendrá competencias el Banco de España, que colaborará con la CNMC.