Es lícito que los clientes busquen alternativas a una empresa en huelga
En el caso de un grupo empresarial mercantil, que no conforme grupo laboral de los llamados patógenos, integrados por empresas con completa autonomía productiva, es lícito que las empresas-clientes de la que padece la huelga, aunque pertenezcan al mismo grupo, acudan durante la misma a terceras empresas para cubrir las necesidades de su ciclo productivo, según establece una sentencia de la Audiencia Nacional, de 29 de julio de 2013.
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