– Hacienda espera ingresar «al menos» otros 1.450 millones, lo que elevaría el importe anual hasta los 2.900 millones

MADRID, 19 (SERVIMEDIA)

Las entidades bancarias y las grandes corporaciones energéticas deberán satisfacer el segundo pago de los gravámenes temporales impuestos por el Gobierno antes de este miércoles, fecha en la que se cerrará el plazo para presentar la autoliquidación de estos nuevos tributos.

Como bien recoge el calendario del contribuyente –en línea con lo establecido en el Boletín Oficial del Estado (BOE)–, las compañías energéticas deberán presentar la autoliquidación del modelo 796 antes del 20 septiembre, la misma fecha que tiene la banca para rellenar y entregar el modelo 798, siempre y cuando cumplan todas las condiciones para tener que pagar estos impuestos.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) vigilará que estos sectores cumplan con estas nuevas obligaciones tributarias. De no hacerlo, cometerán una infracción «muy grave» que se traducirá en una multa económica del 150% sobre el importe repercutido.

Cabe recordar que todas las entidades financieras que cerrasen 2019 con más de 800 millones de euros en su margen de intereses (intereses cobrados menos pagados) más sus comisiones netas (cobradas menos pagadas) deberán pagar el 4,8% de los ingresos satisfechos por este mismo concepto.

En el caso de las energéticas, tendrán la obligación de pagar el nuevo tributo aquellas compañías que registrasen una cifra de negocios por encima de los 1.000 millones de euros en 2019. Para estas compañías, el importe a pagar será el 1,2% de su cifra de negocios.

Quizás también te interese:  El panorama económico de Ciudad del Vaticano: datos y perspectivas

SEGUNDO PAGO

Las entidades obligadas deben ingresar antes del 20 de septiembre la autoliquidación de estos gravámenes después de que en febrero satisficieran el 50% de la prestación que se debe abonar en el conjunto del año.

Con estos impuestos, el Gobierno estimaba en primera instancia una recaudación anual de 3.500 millones de euros: 2.000 millones procedentes de las energéticas y 1.500 millones de la banca. No obstante, redujo finalmente este importe hasta los 3.000 millones.

Con el pago de septiembre, Hacienda espera llegar «como mínimo» al 97% de este segundo objetivo, ya que ingresó un total de 1.454,5 millones de euros en febrero por el pago anticipado del 50% de estos nuevos gravámenes. De repetirse este importe en septiembre, la cifra final ascendería a 2.910 millones, por lo que se quedaría a apenas 90 millones de la pretensión del fisco.

Cabe recordar que en febrero la banca adelantó 637,1 millones de euros, mientras que las energéticas tuvieron que hacer frente a 817,4 millones de euros.

BATALLA JUDICIAL

La práctica totalidad de las compañías que debían abonarlo lo hicieron finalmente en febrero, pero también apostaron por judicializar la causa por entender que estos nuevos tributos son «discriminatorios e injustificados».

Así, además de las acciones emprendidas por cada una de las compañías, la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) interpusieron sendos recursos ante la Audiencia Nacional e impugnaron la orden ministerial que regula los modelos de pago del impuesto a la banca, mientras que la Asociación Española de Empresas de Energía (Aelec) –que representa a Iberdrola y Endesa– hizo lo propio con los modelos de pago para las energéticas.

Quizás también te interese:  Economía de la Psicología del Consumidor en la Tecnología: Adicción y Control

Ambas patronales consideran que hay «suficiente base jurídica» como para ganar en los tribunales, pero recomendaron a sus compañías asociadas efectuar los pagos anticipados para cubrirse las espaldas en el caso de que se dictase una sentencia desfavorable.

No obstante, la Audiencia Nacional ha rechazado las medidas cautelares que Bankinter, Sabadell y Kutxabank habían pedido en relación al impuesto extraordinario al sector y que pasaban por suspender el pago y elevar el asunto al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). No obstante, no ha entrado todavía en el contenido del recurso.